952 026 728 | 646 454 531 info@socilex.es

En la actuación de los profesionales sanitarios, existe un conjunto de prácticas médicas generalmente aceptadas por la comunidad científica como las adecuadas para tratar a los pacientes en un momento determinado, teniendo en cuenta distintos factores, como el lugar donde se produzcan, las características de su autor, la complejidad del caso, el estado del paciente, etc. Es lo que el Tribunal Supremo denomina  “lex artis ad hoc”.

Medico mala praxisCuando un profesional médico se aparta de esos estándares establecidos, es decir, no actúa con la diligencia debida y lo hace de manera distinta a cómo el resto de profesionales habrían actuado en la misma situación, estaríamos ante una infracción de la lex artis o también llamado mala praxis médica.

Si como consecuencia de esa mala praxis se produce un daño al paciente, estaríamos ante un caso de negligencia médica, que no tenemos la obligación jurídica de soportar y tendremos derecho a reclamar y percibir una indemnización por daños y perjuicios. Para lo cual siempre es recomendable contratar a un abogado especialista en negligencias médicas.

Por tanto, si un médico causa un daño al paciente, pero actuó adecuadamente, ajustándose a la lex artis, no existiría negligencia médica; tampoco existiría si el médico actúa mal pero no genera daño, como por ejemplo un retraso diagnóstico de un cáncer cuando el retraso no ha empeorado el pronóstico de la enfermedad. En definitiva para que exista esta, es necesario que se haya producido un daño o perjuicio efectivo por una actuación deficiente e incorrecta del profesional, lo que corresponde probar por norma general al paciente o sus familiares (en otro post trataremos con profundidad la carga de la prueba).

El hecho de que corresponda al paciente o sus familiares probar la incorrecta actuación del médico y el nexo causal con el daño, sin disponer de toda la información y unido al corporativismo médico, dificulta mucho la posibilidad de ganar estos casos.

En muchas ocasiones, por falta de experiencia y especialización del abogado en estos asuntos, se presentan demandas por haberse producido un daño en un tratamiento médico sin prueba suficiente que acredite que se ha infringido la lex artis o en otras ocasiones se presentan acreditándose que se infringió la lex artis pero no se acredita que se produjera daño, lo que provoca la desestimación de la demanda y una condena en costas, que en función de la reclamación puede ser elevada.

Por ello, antes de iniciar una reclamación judicial solicitando una indemnización por negligencia médica hay que tener muy claro:

  • Que ha habido una mala praxis médica.
  • Que como consecuencia de esta se han producido daños y perjuicios al paciente.
  • Que se disponen de las pruebas y argumentos necesarios para acreditarlo.

En este sentido, es fundamental acudir a un abogado especialista, que te ayudará a conseguir la histórica clínica completa, te dirá a qué especialistas tienes que acudir para conseguir informes que acrediten el daño y llevará un seguimiento, tendrá colaboraciones con peritos médicos expertos en la materia en cuestión (traumatología, oncología, cardiología, etc.) con quien estudiará el caso en profundidad para determinar si se cumplen los requisitos y se dispone de la prueba necesaria para reclamar.

El éxito y conseguir la indemnización en la mayoría de los casos dependen del asesoramiento profesional que se tenga.

Socilex Abogados, especialistas en reclamar una indemnización por negligencias médicas. Nos encontramos en Málaga centro. Asesoramos y realizamos estudios de viabilidad del caso junto con peritos expertos de forma gratuita. www.socilex.es – 952 026 728 – 646 454 531